Reglamentación de los derechos humanos
Cano, Guillermo
Reglamentación de los derechos humanos - Bogotá : 1991. - pp. 2
De acuerdo con la jurisprudencia constitucional de la Corte Suprema de Justicia, el Presidente de la República ejerce hoy una competencia subsidiaria en materia de poder de policía. Esta competencia que tiene su fuente en el ordinal 7o. Del artículo 120 de la Constitución faculta al ejecutivo para reglamentar, mientras el legislador no lo haga, el ejercicio de aquellas actividades ciudadanas cuya regulación no haya reservado el constituyente a la ley.
DERECHOS HUMANOS--COLOMBIA
PODER POLICÍA
POLICÍA--COLOMBIA--LEGISLACIÓN
Reglamentación de los derechos humanos - Bogotá : 1991. - pp. 2
De acuerdo con la jurisprudencia constitucional de la Corte Suprema de Justicia, el Presidente de la República ejerce hoy una competencia subsidiaria en materia de poder de policía. Esta competencia que tiene su fuente en el ordinal 7o. Del artículo 120 de la Constitución faculta al ejecutivo para reglamentar, mientras el legislador no lo haga, el ejercicio de aquellas actividades ciudadanas cuya regulación no haya reservado el constituyente a la ley.
DERECHOS HUMANOS--COLOMBIA
PODER POLICÍA
POLICÍA--COLOMBIA--LEGISLACIÓN