La acción de tutela es, en si misma, un derecho fundamental : Cuando por la complejidad del asunto o por motivos de diverso orden la administración no puede resolver oportunamente una petición, debe informar tal circunstancia al particular, señalando el término en que efectivamente resolverá el asunto
Tipo de material:
ArtículoDetalles de publicación: Bogotá :Descripción: pp. 37-43Tema(s):
En: Tutela - Vol.3 No.27
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