Problemas en la regulación e interpretación de la presunción de inocencia en la ley 906 de 2004

Por: Tipo de material: ArtículoDescripción: pp. 15-35Tema(s): En: Revista Republicana - No.9Resumen: La presunción de inocencia no siempre fue un principio del derecho penal. En el Antiguedad, y hasta la edad Media, lo que primaba era la presunción de culpabilidad, que se corroboraba por los investigadores a través de métodos bárbaros como el potro, la prueba del fuego o el agua hirviente, que llevaba a los acusados a confesar de cuanto crimen o delito fueran acusados. Con el avance de las ideas racionalistas se abre paso la desligitimación de la tortura y refulge la presunción de inocencia como principio sobre el que subyace el proceso penal: todo procesado es inocente mientras no se establezca su culpabilidad. junto con esta conquista se abrieron paso otros derechos eregidos en normas rectoras: el de legalidad de las penas, el juez natural, la prohibición de la tortura, la irretroactividad de las penas. La revolución francesa recogió estas garantías en la declaración de los derechos del hombre y el ciudadano; y en adelante, las constituciones de las nacientes repúblicas y las nuevas democracias recogerían estas conquista, que serían posteriormente plasmados en los modernos sistemas procesales penales. La primera mitad del siglo xx trajo consigo dos guerras mundiales, con un alto legado de muerte y destrucción. como respuesta se creó la organizaciónde las naciones Unidas (ONU), el sistema universal de derechos humanos, los sistemas regionales como la OEA y el sistema interamericano de derechos humanos, cuyas declaraciones y convenciones recogen como derechos humanos el debito proceso, la presunción de inocencia y demás garantías procesales. Las constituciones de colombia consagraron en sus postulados estos nuevos derechos, y de allí pasaron a los códigos penales y procesales. En 1991 se renueva la organización política bajo el paradigma del estado social de derecho, que consagra las garantías procesales como derechos fundamentales, dando inicio a la separación de la investigación del juzgamiento, prototipo que para hacerlo realidad hace necesario reformar el artículo 250 de la carta, y la expedición de un nuevo código (Ley 906 de 2004) basado en el sistema penal acusatorio, que recoge y amplía las garantías procesales. El nuevo código procesal pretende ser ampliamente garantintas y protector de los derechos de los imputados o acusados, especialmente de la presución de inocencia como parte del debido procesos. La investigación escruta el arraigo de este principio en el derecho internacional de los derechos humanos y en la carta constitucional, y analiza el contenido y alcance de esta importante garantía, y su afectación por las reformas introducidas a la ley 906 de 2004.
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La presunción de inocencia no siempre fue un principio del derecho penal. En el Antiguedad, y hasta la edad Media, lo que primaba era la presunción de culpabilidad, que se corroboraba por los investigadores a través de métodos bárbaros como el potro, la prueba del fuego o el agua hirviente, que llevaba a los acusados a confesar de cuanto crimen o delito fueran acusados. Con el avance de las ideas racionalistas se abre paso la desligitimación de la tortura y refulge la presunción de inocencia como principio sobre el que subyace el proceso penal: todo procesado es inocente mientras no se establezca su culpabilidad. junto con esta conquista se abrieron paso otros derechos eregidos en normas rectoras: el de legalidad de las penas, el juez natural, la prohibición de la tortura, la irretroactividad de las penas. La revolución francesa recogió estas garantías en la declaración de los derechos del hombre y el ciudadano; y en adelante, las constituciones de las nacientes repúblicas y las nuevas democracias recogerían estas conquista, que serían posteriormente plasmados en los modernos sistemas procesales penales. La primera mitad del siglo xx trajo consigo dos guerras mundiales, con un alto legado de muerte y destrucción. como respuesta se creó la organizaciónde las naciones Unidas (ONU), el sistema universal de derechos humanos, los sistemas regionales como la OEA y el sistema interamericano de derechos humanos, cuyas declaraciones y convenciones recogen como derechos humanos el debito proceso, la presunción de inocencia y demás garantías procesales. Las constituciones de colombia consagraron en sus postulados estos nuevos derechos, y de allí pasaron a los códigos penales y procesales. En 1991 se renueva la organización política bajo el paradigma del estado social de derecho, que consagra las garantías procesales como derechos fundamentales, dando inicio a la separación de la investigación del juzgamiento, prototipo que para hacerlo realidad hace necesario reformar el artículo 250 de la carta, y la expedición de un nuevo código (Ley 906 de 2004) basado en el sistema penal acusatorio, que recoge y amplía las garantías procesales. El nuevo código procesal pretende ser ampliamente garantintas y protector de los derechos de los imputados o acusados, especialmente de la presución de inocencia como parte del debido procesos. La investigación escruta el arraigo de este principio en el derecho internacional de los derechos humanos y en la carta constitucional, y analiza el contenido y alcance de esta importante garantía, y su afectación por las reformas introducidas a la ley 906 de 2004.

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