Regiones y provincias
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ArtículoTema(s):
En: El poder municipalResumen: Resumen: La división político-administrativa de la República de Colombia en entidades territoriales denominadas departamentos, distritos, municipios y territorios indígenas, que establece la Constitución Política (art. 286), no es rígida y menos aún, exclusiva y excluyente, pues la misma admite la existencia de otras divisiones, las que determine la ley para el cumplimiento de las funciones y servicios a cargo del Estado (art. 285). Las divisiones que con el transcurso del tiempo puedan convertirse en nuevas entidades territoriales, e incluso llega a alterar de manera notoria la organización territorial del país, son las regiones y las provincias.
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Resumen: La división político-administrativa de la República de Colombia en entidades territoriales denominadas departamentos, distritos, municipios y territorios indígenas, que establece la Constitución Política (art. 286), no es rígida y menos aún, exclusiva y excluyente, pues la misma admite la existencia de otras divisiones, las que determine la ley para el cumplimiento de las funciones y servicios a cargo del Estado (art. 285). Las divisiones que con el transcurso del tiempo puedan convertirse en nuevas entidades territoriales, e incluso llega a alterar de manera notoria la organización territorial del país, son las regiones y las provincias.
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