Protección de los civiles

Tipo de material: ArtículoDetalles de publicación: Bogotá :Descripción: pp. 7Tema(s): En: Nova et Vetera - No.16Resumen: La Constitución de 1991 no sólo contribuyó a recuperar la legitimidad de las instituciones por la vía de las reformas democráticas. Adicionalmente, introdujo un profundo cambio en el manejo del orden público, particularmente con la derogatoria del artículo 28 de la antigua Constitución, que autorizaba la detención precautelativa de personas, y la reforma al estado de sitio y la expresa prohibición de suspender los derechos humanos y las libertades públicas durante los estados de excepción. La democratización de la sociedad ha estado acompañada de la decisión de llevar al plano judicial los conflictos armados que se presentan entre el Estado y los diferentes grupos situados fuera de la legalidad.
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La Constitución de 1991 no sólo contribuyó a recuperar la legitimidad de las instituciones por la vía de las reformas democráticas. Adicionalmente, introdujo un profundo cambio en el manejo del orden público, particularmente con la derogatoria del artículo 28 de la antigua Constitución, que autorizaba la detención precautelativa de personas, y la reforma al estado de sitio y la expresa prohibición de suspender los derechos humanos y las libertades públicas durante los estados de excepción. La democratización de la sociedad ha estado acompañada de la decisión de llevar al plano judicial los conflictos armados que se presentan entre el Estado y los diferentes grupos situados fuera de la legalidad.

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