Atribución de funciones jurisdiccionales a la Dirección Nacional de Registro Civil

Por: Tipo de material: ArtículoIdioma: Español Descripción: pp. 132-144Tema(s): En: Democracia actual - No.1 (dic. 2016)Resumen: El presente escrito tiene como finalidad presentar el criterio jurisprudencial de la Corte Constitucional sobre la atribución de funciones jurisdiccionales, que está reconocida en el inciso segundo del artículo 116 de la Carta Magna, que se fundamenta en el principio de colaboración entre las ramas del poder público. Igualmente, se presentará la competencia judicial para conocer sobre los asuntos que alteran o modifican el estado civil de las personas, siendo necesario hablar, previamente, sobre la autenticidad de las inscripciones de hechos y actos jurídicos en el registro civil, la cual solo puede ser desvirtuada por la vía judicial cuando el juez competente haya valorado los respectivos medios probatorio.
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El presente escrito tiene como finalidad presentar el criterio jurisprudencial de la Corte Constitucional sobre la atribución de funciones jurisdiccionales, que está reconocida en el inciso segundo del artículo 116 de la Carta Magna, que se fundamenta en el principio de colaboración entre las ramas del poder público. Igualmente, se presentará la competencia judicial para conocer sobre los asuntos que alteran o modifican el estado civil de las personas, siendo necesario hablar, previamente, sobre la autenticidad de las inscripciones de hechos y actos jurídicos en el registro civil, la cual solo puede ser desvirtuada por la vía judicial cuando el juez competente haya valorado los respectivos medios probatorio.

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