¿Son viables las acciones civiles frente al deslinde de las costas?

Por: Tipo de material: ArtículoDescripción: pp. 181-230Tema(s): En: Revista de Administración Pública (España) - No.192Resumen: Aunque el artículo 14 de la Ley de Costas alude a las acciones civiles frente a los deslindes, este precepto sólo debe entenderse referido a los casos en que el carácter demanial de los bienes queda excluido por la existencia previa de un título privado de propiedad; ya que lo contrario produciría un indebido solapamiento de jurisdicciones, como de hecho está sucediendo a la vista de la amplísima interpretación de su ámbito de enjuiciamiento por la Sala Primera. No obstante, la Ley 2/2013 abre un nuevo abanico de acciones civiles en esta materia: en concreto, cuando el Estado revise un deslinde pero considere improcedente el reintegro a los antiguos propietarios.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
No hay ítems correspondientes a este registro

Aunque el artículo 14 de la Ley de Costas alude a las acciones civiles frente a los deslindes, este precepto sólo debe entenderse referido a los casos en que el carácter demanial de los bienes queda excluido por la existencia previa de un título privado de propiedad; ya que lo contrario produciría un indebido solapamiento de jurisdicciones, como de hecho está sucediendo a la vista de la amplísima interpretación de su ámbito de enjuiciamiento por la Sala Primera. No obstante, la Ley 2/2013 abre un nuevo abanico de acciones civiles en esta materia: en concreto, cuando el Estado revise un deslinde pero considere improcedente el reintegro a los antiguos propietarios.

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.
Enlaces de Interés