Cuando existe un medio judicial idoneo para contrarrestar un avia de hecho y el interesado deja de acudr a el permitiendo que sus accion caduque no puede acudir a la tutela para pedir el reconocimiento del derecho que dejo de exigir : Sentencia SU-111 06-03-97,
Tipo de material:
ArtículoIdioma: Español Detalles de publicación: Bogotá : DEREC, 1997.Descripción: pp.37-46Tema(s):
En: Tutela - Vol.4 No.37
No hay ítems correspondientes a este registro
0
No hay comentarios en este titulo.
Iniciar sesión para colocar un comentario.