APA
(1997). A partir de la presentacion de la solicitud de tutela y hasta antes de producirse el fallo definitivo, el juez constitucional esta facultado para suspenderlo la aplicacion de un acto administrativo concreto que amenace o vulnere un. Bogotá: Derecho Colombiano.
Chicago
1997. A partir de la presentacion de la solicitud de tutela y hasta antes de producirse el fallo definitivo, el juez constitucional esta facultado para suspenderlo la aplicacion de un acto administrativo concreto que amenace o vulnere un. Bogotá: Derecho Colombiano.
Harvard
(1997). A partir de la presentacion de la solicitud de tutela y hasta antes de producirse el fallo definitivo, el juez constitucional esta facultado para suspenderlo la aplicacion de un acto administrativo concreto que amenace o vulnere un. Bogotá: Derecho Colombiano.
MLA
A partir de la presentacion de la solicitud de tutela y hasta antes de producirse el fallo definitivo, el juez constitucional esta facultado para suspenderlo la aplicacion de un acto administrativo concreto que amenace o vulnere un. Bogotá: Derecho Colombiano. 1997.