Más allá de las buenas intenciones : implementar la Convención de Kampala
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La nueva Convención para la Protección y Asistencia de las Personas Desplazadas Internas en África de la Unión Africana (Convención de Kampala) destaca las obligaciones de una amplia gama de actores en todas las fases del desplazamiento. África está liderando la formulación de criterios sobre derechos humanos para la protección y asistencia de los desplazados internos. Angola, Burundi, Sierra Leona y Uganda se encontraban entre los primeros países del mundo en desarrollar políticas nacionales o planes de acción basados en los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de la ONU. Desde 1999 la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos (CIRGL), en un esfuerzo conjunto de la ONU y la Unión Africana para tratar los complejos conflictos, los desplazamientos y el subdesarrollo en la región de los Grandes Lagos, llevó a la creación y firma del Pacto de 2006 sobre la seguridad, estabilidad y desarrollo. Este pacto que entró en vigor en junio de 2008–representa el primer instrumento multilateral del mundo por el que sus Estados miembros se comprometen a adoptar e implementar los Principios Rectores a través de su Protocolo sobre protección y asistencia a los desplazados internos. Asimismo establece las bases legales para insertar los Principios Rectores en la legislación nacional. Aunque este proceso estaba en trámite, la Unión Africana reconoció la necesidad de obtener un marco regulador predominante en todo el continente sobre los desplazados internos en África, similar a la Convención de 1969 de la Organización de la Unidad Africana que determinó los aspectos específicos de los problemas de los refugiados en África.
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DESPLAZADOS POR LA VIOLENCIA--ASISTENCIA SOCIAL-- ÁFRICA REFUGIADOS AFRICANOS