Sánchez Torres, Carlos Ariel

Derecho humano al ambiente y control fiscal - 1993. - pp. 4-5

El reconocimiento de los derechos humanos del interés por afirmar una serie de necesidades particulares al ser, las que al identificarse entre sí, constituyen una forma de interés colectivo o anhelo de determinado grupo social. En esta medida el “Derecho humano al medio ambiente” es el reconocimiento de nuestros derechos superiores y anteriores al concepto de Estado y al criterio de dignidad humana, por lo que, dentro de los denominados derechos de la tercera generación, figura “el derecho a disfrutar del medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado”.


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