Con la acción de tutela se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la garantía consagrada en el artículo 8o. De la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el cual se reconoce “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. Mediante la acción de tutela cualquier persona puede reclamar inmediata protección judicial de sus derechos fundamentales, cuando quiera que éstos sufran vulneración o amenaza por parte de una autoridad pública.
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