000 02111nab a2200241 a 4500
001 145847
003 238947
005 20201118122819.0
008 ||||||n9999 ||| || ||
041 _aspa
100 _aAbreo Contreras, Hugo Hernando
245 0 _aLegitimación en causa del asegurado en el contrato de seguro grupo deudores para reclamar a favor de la entidad financiera que se pague el saldo de la obligación
260 _aBogotá :
300 _a171-198
520 _aLa legitimación en causa tratada desde la arista de los sujetos negociales no celebrantes (Bohórquez, 2009), quienes en puridad ajenos al contrato sufren las consecuencias de su inejecución al afectarse directamente su patrimonio; se relieva como problemática en el negocio aseguraticio por medio del cual una entidad financiera que en mutuo entrega determinada suma de dinero, garantiza su pago a través de una póliza que ante la muerte o invalidez del deudor, impone a la aseguradora asumir el saldo de la obligación, comportando este supuesto una dificultad enorme para el asegurado que ante el incumplimiento de la prestación reseñada, se encuentra con la relatividad del contrato como principio de derecho privado que le impide reclamar, como tercero, su ejecución(p.41).Desde esa perspectiva, se caracterizó la legitimación en causa como presupuesto de la pretensión y requisito para la sentencia de fondo, delimitando la posición contractual del deudor-asegurado como tercero interviniente no celebrante del contrato de seguro, que, se concluye, interesado en el cumplimiento de las obligaciones nacidas a partir de aquel procurando su indemnidad patrimonial, por ello se legitima para obtener una decisión de fondo sobre su pedimento; como lo hare conocido la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
650 _aDEUDOR Y ACREEDOR
650 _aPÓLIZAS DE SEGUROS DE VIDA
650 _aSEGUROS BANCARIOS
650 _aSEGUROS DE VIDA
773 _0145833
_aTemas socio-jurídicos - Vol.34 No.68
942 _cSART
999 _c145847
_d145847