000 01490nab a2200181 a 4500
001 155748
003 250148
005 20201118123413.0
008 ||||||n9999 ||| || ||
041 _aspa
100 _aDíaz Marroquín, Orlando
245 0 _aLa concepción de prisionero de guerra en el conflicto armado colombiano
300 _aPP. 130-143
520 _aEste artículo busca determinar las razones de Estado por las cuales las autoridades militares y civiles de Colombia optaron por presentar ante la sociedad civil que los soldados rendidos y capturados en su momento en combate, frente a la insurgencia de las Fuerzas Armadas de Colombia, FARC, no se constituían en prisioneros de guerra, en contravía de los protocolos internacionales de guerra vigentes, y de los cuales el país era signatario, creando para ellos la categoría de “secuestrados”, condición que mediante el Código Penal se le reconoce expresamente a la población civil que es sometida a una detención ilícita con fines extorsivos. La razón fundamental fue la de no posibilitar la entrada en vigencia del Estatuto de Beligerancia y mediante el mismo, del reconocimiento de terceros a la guerrilla, con las consecuencias sobre la soberanía nacional derivadas de dicha declaración, cumpliendo el manejo del discurso su función política.
650 _aVERDAD Y MENTIRA--ASPECTOS POLÍTICOS
773 _0155737
_aReflexión Política - Vol.18 No.36 (jul.-dic. 2016)
942 _cSART
999 _c155748
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