000 01852nab a2200205 a 4500
001 157630
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005 20201118123514.0
008 ||||||n9999 ||| || ||
041 _aspa
100 _aParra, Andrés Felipe
245 0 _aHobbes y la paradoja del derecho
300 _app. 189-215
520 _aEste artículo sostiene que el concepto de derecho en Hobbes muestra su propia naturaleza paradójica. Esto quiere decir que la realización del derecho está superpuesta con su propia negación. Así́, la paradoja tiene dos facetas: por un lado, encontramos la paradoja del derecho natural y, por otro, la del derecho soberano. Hobbes construye la idea de un derecho natural de la auto conservación a través de un énfasis político del concepto de libertad. Este derecho es ilimitado, completo, incondicionado y absoluto, características que parecen ser la evidencia de su paradoja. De modo que la estrategia analítica de Hobbes será́ apoyar la idea filosófica, jurídica y política de un contrato como el modo de resolver la paradoja que subsiste en el estado de naturaleza. No obstante, el contrato y su resultado (la sociedad política o civil), no resuelven la paradoja. Es, por el contrario, una nueva modalidad de su concreción, no en el estado de naturaleza, sino en el Estado, esto es, en el propio corazón de la definición del derecho soberano. En consecuencia, debemos observar a través del planteamiento hobbesiano las implicaciones, repercusiones e inferencias que aparecen en el seno del concepto paradójico del derecho como la estructura inmanente de la ley y el ejercicio estatal de la autoridad.
650 _aDERECHO NATURAL
650 _aHOBBES, THOMAS,1588 - 1679
650 _aSOBERANÍA
773 _0154999
_aCiencia Política - Vol.9 No.17 (ene.-jun. 2014)
942 _cSART
999 _c157630
_d157630