000 01821nab a2200229 a 4500
001 160014
003 254766
005 20201118123635.0
008 ||||||n9999 ||| || ||
041 _aspa
100 _aAbdala, Martín
245 0 _aLa responsabilidad de los administradores societarios en los casos de actuación plural en el derecho argentino
260 _aBogotá :
300 _app. 243-264
520 _aEl tema de la responsabilidad de los administradores societarios es complejo y gana complejidad cuando un hecho dañoso es sindicado a más de un manager. La imputación plural de responsabilidad puede derivar de que los administradores integren un órgano plural colegiado, de que formen un órgano plural no colegiado y de que existió una delegación de funciones. Cuando los administradores integran un órgano plural colegiado, todos ellos serán solidariamente responsables por los daños que provoquen sus determinaciones. Si los managers forman un órgano plural no colegiado, la responsabilidad de cada uno dependerá de la participación personal que tuvo en el hecho dañoso. Finalmente, cuando haya delegación de funciones, habrá que distinguir entre la delegación ordinaria de tareas, supuesto en el que, en principio, responderán solidariamente el administrador delegante y el delegado, y la delegación por asignación específica de funciones, en cuyo caso la imputación se hará atendiendo a la actuación individual de cada uno de los managers.
650 _aARGENTINA--ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
650 _aARGENTINA--CONDICIONES SOCIALES
650 _aARGENTINA--DERECHO CONSTITUCIONAL
773 _0155124
_aEstudios socio-jurídicos - Vol.16 No.2 (jul.-dic. 2014)
942 _cSART
999 _c160014
_d160014