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040 _aCO-BoESAP
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_cCO-BoESAP
100 1 _9221111
_aGarcía O., José María
_eautor
245 1 0 _aPrincipio dispositivo y preacuerdos frente al principio de legalidad /
_cJosé María García O.
504 _aBibliografía : página 55.
520 3 _aEl Sistema Penal Oral Acusatorio entró a regir de manera paulatina en Colombia a partir del año 2005. Con este sistema llegaron instituciones tan novedosas como la “justicia premial” o la “justicia consensuada” que permitió la búsqueda de una verdad formal construida entre las partes a cambio de sendos beneficios, como un típico negocio (en este caso jurídico). Lo anterior fue posible debido a que uno de los fines constitucionales del proceso es la flexibilización de la norma penal y la aproximación razonable a la verdad. Estos postulados no hubieran sido realidad sin la figura conocida como principio dispositivo, el cual permite disponer en todo de la acción penal, como en los delitos querellables, o en parte como en los delitos investigables de oficio bajo los preacuerdos.
526 _a104436
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773 0 _gaño 2, no.5 (julio-diciembre 2010), páginas 46-55
_tRostros & Rastros : justicia, comunidad y responsabilidad social
942 _2cl
_cSART
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